Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la nulidad absoluta del fallo dictado 11 de marzo de 2010, mediante el cual decretó el sobreseimiento de la causa a favor de CONSTRUCCIONES Y MONTAJES URIMAN S.A, CONSORCIO ALVICA Y PETROLERA AMERIVEN, por el delito de FORJAMIENTO Y FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, conforme al artículo 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal, por haber violado el contenido de los artículos 173 y 324 ejusdem, referidos a la motivación de los autos y sentencias y específicamente los exigidos para el decreto de sobreseimiento de la causa, respectivamente en concordancia con el artículo 26 constitucional; con las consecuencias previstas en el artículo 196 ejusdem, se declara la nulidad de todos los actos consecutivos que del mismo emanare.....