En virtud de lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE, el recurso de apelación interpuesto por el abogado SAYURI RODRIGUEZ, en su carácter de Apoderada Judicial de la Empresa SAN ANTONIO INTERNACIONAL C.A., contra la decisión dictada por el Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Extensión el Tigre, en fecha 08 de Agosto de 2008, de conformidad con el artículo 437 literal C del Codigo Orgánico Procesal Penal, se ordena remitir al Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre, el presente recurso a los fines que le de el trámite correspondiente, ya que la única razón que se plantea es la Declinatoria de Competencia.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase la presente causa al Tribunal de .....