SE DECLARÓ CON LUGAR la inhibición planteada en fecha 13 de noviembre de 2013, por la Dra. ELIANA RODULFO LUNAR, en su carácter de Jueza Superior Temporal de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, por estar demostrada la causal contenida en el ordinal 7° del artículo 89 del vigente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, de fecha 15 de junio de 2012.