Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui: ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA IMPROCEDENTE el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Dougniel José Maneiro Figueroa, debidamente asistido por el abogado Vidal Rivas, en contra la decisión dictada en fecha 16 de Junio del año 2006 por el Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Extensión El Tigre, mediante la cual negó la entrega material del vehículo Marca: Toyota, Clase: Automóvil, Modelo: Corolla Placas: ADK22R, Tipo: Sedan, año 2001, Color: Beige Uso: Particular, Serial de Carrocería: 8XA53AEB215006982, Serial de Motor: 7AH964590, sobre el que se atribuye la propiedad. SEGUNDO: Queda confirmada totalmente la decisión dictada por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal de.....