Por las consideraciones expuestas, Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana PATRICIA MARIA BATTISTINI, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 30 de noviembre de 2.006, mediante la cual DECLARO SIN LUGAR LA SOLICITUD DE ENTREGA MATERIAL DEL VEHICULO clase camioneta, marca jeep, modelo cherokee, tipo sport wagon, color marrón, placas VBF 53C; uso particular, año 2002, serial de carrocería 8Y4GK421121989, serial de motor 6 cilindros, interpuesta por la recurrente.
Regístrese, publíquese, expídase la copia certificada de ley, notifíquese a las partes y remítase en su oportunidad.