Por las fundamentaciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano WILLIAMS JOSE MARIN VIELMA, actuando en este acto con el carácter de imputado y asistido por los abogados AMILCAR GUILLERMO AQUINO TORRES y CARLOS ANDRES MICHELANGELI, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Extensión El Tigre, el 21 de agosto de 2.007, mediante la cual decretó Medida Judicial Privativa de Libertad en contra del mencionado recurrente, al haberse demostrado cumplido los requisitos establecidos en el artículo 250, para que proceda la Medida Judicial Privativa de Libertad, y no haberse evidenciado violación a derecho Constitucional alguno, menos aun inmotivación del fallo cuestionado. Quedando así confi.....