Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley declara SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por el Abogado MANUEL ZAMORA, en su condición de defensor de confianza del ciudadano DARWIN ARTURO RIVERO MARCANO, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 14 de octubre de 2009, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en contra del ciudadano ut supra indicado, al considerar esta Alzada que la decisión está enmarcada dentro de los requisitos que establece el artículo 254 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se CONFIRMA la decisión apelada.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y en su oportunidad remítase la causa al Tribunal de origen.