Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrado Justicia y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado JOSÉ LUIS AZUAJE, en su carácter de Fiscal Décimo Noveno del Ministerio Público, en contra la decisión dictada en fecha 29 de Septiembre de 2009, por el Tribunal de Juicio N° 04 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSOLVIÓ al ciudadano JESÚS FLORES JARAMILLO, plenamente identificado en autos, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO Y SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previstos y sancionados en los artículos 408, ordinal 1º, en concordancia con los artículos 282, 240, 87 y 83 todos del Código Penal, vigente para la época en que ocurrieron los hechos; y en relación a los ciudadanos FREDDY JOSÉ CARMONA y .....