Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en el presente caso contentivo del juicio por DAÑOS MATERIALES PROVENIENTES DE ACCIDENTE DE TRANSITO, intentado por el ciudadano BONIFACIO GARCIA RODRIGUEZ, en contra del ciudadano ALONZO ROMERO, ambas partes identificadas de autos, ha operado la Perención de la Instancia, conforme a lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, por haber transcurrido más de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por alguna de las partes, desde el 01 de octubre de 1992, fecha en la cual se admitió la presente causa, hasta la presente fecha. Así se declara.