Este Tribunal Superior, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante ELÍAS NAFAL SEMAAN Y FUAD ELÍAS NAFAL MARTÍNEZ, contra de sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 10 de mayo de 2012, que declaró prescrita la demanda propuesta por ELÍAS NAFAL SEMAAN Y FUAD ELÍAS NAFAL MARTÍNEZ, contra Construcciones RIMOCA C.A.
SEGUNDO: Se declara la Prescripción de la presente demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS Y DAÑO MORAL DERIVADO DE ACCIDENTE DE TRANSITO intentada por los ciudadanos ELÍAS NAFAL SEMAAN Y FUAD ELÍAS NAFAL MARTÍNEZ contra la Empresa Construcciones RIMOCA C.A
Queda así CONFIRMADO el Fallo apelado.-