este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Transito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR la REGULACION DE COMPETENCIA planteada de oficio, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, extensión El Tigre, con ocasión de la demanda por PRIVACION DE GUARDA Y CUSTODIA, formulada por el ciudadano CARLO KUK, de nacionalidad Italiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. E-82.023.107 y domiciliado en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, contra la ciudadana MARIA BONACATU GREGORIANA de nacionalidad Italiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. E-81.434.987. SEGUNDO: se declara competente por el territorio, para conocer de la presente causa al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del.....