Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN. En consecuencia, declara SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la abogada ROSE MARY DE SCOPE, contra la decisión proferida en fecha 9 de noviembre de 1998, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actualmente Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, relacionadas con la Acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por los ciudadanos KENETH ENRIQUE SCOPE LEAL Y ROSE MARY O DE SCOPE, Abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 20.460 y 14.367, respectivamente, titulares de las Cédulas de Identidad números 1.687.176 y 3.232.025, en ese mismo orden, en su carácter de apoderados judiciales de los Comuneros.....