Se dictó y publicó Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva Nº 01, en la cual se declaró que existe un cese del derecho particular del presente Juicio Ejecutivo, interpuesto por el abogado Nerio Moy, actuando en su carácter de sustituto de la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela, contra la contribuyente Sociedad Mercantil PROMOTORA FENEDRO, C.A., y en consecuencia se declaró Terminada la presente causa, en virtud de que no existe materia sobre la cual decidir.