este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario, recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha veintinueve (29) de octubre de 2009, interpuesto por los abogados GUSTAVO NIETO y DANIELA PALERMO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.916.450 y 15.706.586, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 32.265 y 106.498 respectivamente, actuando en sus carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil TDW SERVICES LATINOAMERICANA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo bajo el Nº 06, Tomo 86-A, de fecha 03 de Septiembre 1.997, y con domicilio en el C.C Marisandra, Galpón Nº 13, Vía Naricual, Sector Santo Domingo, Barcelon.....