Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho MARCOS RENE MARCANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 110.447, apoderado judicial de la parte actora; SIN LUGAR, el recurso de apelación intentado por el profesional del derecho MAXIMILIANO DI DOMENICO VIOLA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 116.038, apoderado judicial de la empresa demandada, contra sentencia proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 28 de noviembre de 2006, en el juicio que por ENFERMEDAD PROFESIONAL, COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoara el ciuda.....