DISPOSITIVA
Por todo lo anterior expuesto y en base a las razones expuestas , este Tribunal Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui , Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley , Decreta la Extinción de la Acción Penal y por ende el Sobreseimiento DE LA CAUSA seguida a las ciudadanas AURISTELA GUICAMACUTO, quien es venezolano, mayor de edad, Indocumentada , residenciado en la calle Estadieum, casa sin numero, pica de Maurica, de la ciudad de Barcelona, Municipio Bolivar del estado Anzoátegui, y a la ciudadana MARISELA GUICAMACUTO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad N° 15.873.166 , residenciado en la calle Estadium, callejon La Aldea, casa sin numero, Pica de Maurica, de la ciudad de Barcelona, Municipio Bolivar del estado Anzoátegui, de conformidad con el articulo 318 ordinal 4° Código orgánico procesal Se Dícta la presente Resolución y Notif.....