Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO que presentó por ante este Tribunal de Control Nº 04 la DRA. MARIA DEL VALLE MARTINEZ , actuando con el carácter de fiscal Auxiliar Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, a favor de los PRESUNTOS FUNCIONARIOS DEL GRUPO CAO. Conforme al artículo 318 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de CONCUSION, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley de Contra La Corrupción, a favor de FUNCIONARIOS DEL GRUPO CAO conforme al artículo 318 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de CONCUSION, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley contra la Corrupción.
Publíquese, Regístrese .....