De conformidad con el articulo 331 del código orgánico procesal penal, se dicta AUTO DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO en el proceso seguido al acusado JUAN CARLOS MARICUTO MEJIAS, JUAN CARLOS MARICUTO MEJIAS Venezolano, natural de Barcelona, titular de la cédula de identidad número 19.013.108, fecha de nacimiento 31-07-85, 21 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio policía, hijo de los ciudadanos MIRIAN MEJIAS y UNE MARICUTO, domiciliado en la vía Puente Ayala, Los Olivos, Calle La Paz, Nro. 357, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES y SIMULACION DE HECHO PUNIBLE, previstos y sancionados en los artículos 415 y 239, ambos del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JOSE RAMON HERRERA. Se ordena a la Secretaria, a remitir las actuaciones al Tribunal de Juicio respectivo en el lapso legal correspondiente. Se insta a las partes a concurrir al Tribunal de Juicio dentro de l.....