Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Control Nro. 04, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Parcialmente con lugar la solicitud presentada por los Abogados JOSE IGNACIO TORRES UZCATEGUI y LESLIE YANARA AMAYA TOVAR, en su carácter de Fiscales Principal y Auxiliar Vigésima Primera del Ministerio Público con competencia en materia de Defensa Ambiental de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; en consecuencia, conforme a los artículos 24, numerales 1, 2 y 7 de la Ley Penal del Ambiente, artículo 551 del Código Orgánico Procesal Penal, 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, se decretan las siguientes Medidas Precautelativas: PRIMERO: La ocupación temporal de las fuentes contaminantes hasta tanto se obtengan las autorizaciones correspondiente; en tal sentido, se comisiona a funcionarios adscr.....