Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano GERMAIN JOSE ALIENDER FLORES, Venezolano, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, donde nació el día 06-02-82, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.126.140, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de los ciudadanos GERMAN ALIENDRE y GLADYS FLORES y residenciado en MAYORQUI, por encontrarlo responsable en la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA Y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 4 y 16 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia y 413 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana MAGLYS JOSEFINA URRIETA GOMEZ, de conformidad con los ordinales 3° y 6 del articulo 256 del Código Orgá.....