Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui en funciones de Control Nro. 04, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Parcialmente Con Lugar la solicitud presentada por la Dra. YULIMAR AMARICUA, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público de éste Estado; en consecuencia, conforme a los artículos 318, ordinal 3 en concordancia con el artículo 48, numeral 8, ambos del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 108, ordinal 6 del Código Penal, se decreta el Sobreseimiento de la Causa por Prescripción Ordinaria de la Acción Penal, en la investigación iniciada por la presunta comisión de uno de los delitos contra Las Personas (Lesiones Personales Intencionales Leves, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal Venezolano), previa denuncia interpuesta por la victima EDUARDO RAUL MARTINEZ GIL, titular de la cédula de identidad número 9.....