Éste Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETÓ LA REVOCATORIA POR INCUMPLIMIENTO de las Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad dictada en su oportunidad a las imputadas CORINA DEL VALLE GUILLEN y YUSMARI CAROLINA RIVAS MANRIQUE, por la presunta comisión del delito POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en el 248, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se ORDENÓ LA INMEDIATA APREHENSIÓN, en virtud que se encuentran llenos los extremos exigidos en los artículos 236 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 248 Ejusdem. Líbrar los oficios correspondientes a los órganos policiales y de seguridad del Estado, participándole de la presente decisión.