Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD en a favor del ciudadano: JOSE CELESTINO MEJIAS URBANO; titular de la cédula de identidad N° 8.292.162, venezolano, natural de Caigua, Estado Anzoátegui, nacido el 16-03-72, de 34 años de edad, de estado civil casado, hijo de Fernando Francisco Daniel Mejias (v) y Belén María Urbano (v), residenciado en Tronconal II, Sector Ezequiel Zamora, Manzana III, Casa Nº 04, Barcelona, Estado Anzoátegui, por encontrarlo responsable en la comisión del delito de: VIOLENCIA FISICA, en perjuicio de la ciudadana YARITZA YAMILETH IBARRA MENDOZA. Se decreta la aplicación del Procedimiento Abreviado. Ofíciese lo conducente. Regístrese.