Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a los imputados GREGORIO JOSE GUERRA GRANADINO, titular de la cédula de identidad N° V-23.543.375, natural de Barcelona, de 18 años de edad, de estado civil Soltero, domiciliado en Calle Principal, Barrio Guzmán Lander, Casa Nº 51, Barcelona, Estado Anzoátegui, EDGAR JOSE CAMPOS MAITA, titular de la cédula de identidad N° V-20.052.465, de 18 años de edad, domiciliado en Calle Principal, Barrio Guzmán Lander, Casa Nº 55, Barcelona, Estado Anzoátegui, LIBERTAD SIN RESTRICCION a los ciudadanos EXZEL ASCENCION MOYA HERRERA, titular de la cédula de identidad N° V-19.316.502, de 18 años de edad, domiciliado en Calle Principal, Los Jardines, casa Nº 42, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, IRWIN JOSE CARRASCO RODRIGUEZ, titula.....