Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a favor del imputado VICTOR JOSE VASQUEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de Identidad N° 3.825.499, natural de Margarita, Estado Nueva Esparta, nacido en fecha 23/03/1949, de 57 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio marino (pesca), hijo de los ciudadanos FRANCISCO ZABALA (df) y EUGENIA VASQUEZ (df), domiciliado en la Calle 08, Vereda 50, Sector 01, Casa N° 02, Tronconal III, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de PESCA ILÍCITA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Penal del Ambiente, en concordancia con el artículo 61 Ejusdem, todo conforme a lo establecido en el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Pena.....