Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Control Nro. 04, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Con Lugar la solicitud presentada por la ciudadana ANNY CAROLINA QUIJADA LAREZ, titular de la cédula de identidad número 14.931.302, debidamente asistida por la Abogada NOELIA QUIARO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 95.431; en consecuencia, se acuerda conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, la devolución Bajo Guarda y Custodia del vehículo Marca Toyota, Modelo 4 Runner 4x2, Tipo Sport Wagon, Uso Particular, Clase Camioneta, Año 2.001, Color Gris, Serial de Carrocería JTB11VNJ010203413, Serial del Motor 5VZ1231188, Placa OAE-081. SEGUNDO: Remítase el oficio respectivo al Encargado del Estacionamiento El Crucero de Barcelona. TERCERO: Devuélvanse los document.....