Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos FRANCISCO JOSE RUIZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 8.266.869, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 05-08-68, de 41 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Funcionario Policial, domiciliado en: El Carito, casa S/N, Municipio Libertad, Estado Anzoátegui; PEDRO ALEXANDER AGUILERA RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.902.145, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 07-03-75, de 34 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Funcionario Policial, hijo de JOSE RAFAEL AGUILERA y DELIA RODRIGUEZ, domiciliado en la calle Sucre, Nº 52, Valle Lindo, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; MIGUEL ANGEL PEÑA ZA.....