Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a favor del imputado JHONNY JOSE VELASQUEZ, venezolano, cédula de identidad 13.169.393, natural de Puerto la Cruz Estado Anzoátegui, nacido en fecha 15-09-1976, de 30 años de edad, de estado civil Soltero, Profesión u Oficio Técnica Dental, hijo de los ciudadanos: JHOVANNY VELASQUEZ y NANCY DE VELASQUEZ, domiciliado en el Barrio la Gloria Calle San José Casa N° 4 Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO; todo conforme a lo establecido en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.