Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado DOUGLAS ANTONIO MEJIAS ALBORNOZ, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 13.766.682, de nacionalidad Venezolano, de estado civil soltero, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 21-09-78, de 28 años de edad, hijo de Tomás Mejias (v) y María Albornoz (v), residenciado en la Calle Matías Núñez, casa Nº 6-81, Barrio Camino Nuevo, Barcelona, Estado Anzoátegui, y RICHARD JOSE COA BUENO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.361.854, de nacionalidad Venezolano, de estado civil casado, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 26-11-80, de 26 años de edad, hijo de HERNAN COA (D) y CARMEN LUISA TERESA BUENO (V), residenciado en la calle Principal, Casa Nº 26, Ba.....