Éste Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETÓ MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD a favor de los imputados FRANCISCO JAVIER SALAZAR CASTRO, JOSE ENRIQUE FIGUEROA SALAZAR, DANIEL EDUARDO PIGUZ Y ANTHONY JOSE BERROTERAN CALCURIAN, titular de la cédula de identidad Nº 22.864.904, 26.520.658, 22.864.910 Y 26.257.356 respectivamente, por la presunta comisión de los delitos POSESION DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el articulo 470 del Código Penal Y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehiculo Automotor, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 ordinal 3° y 9º del Código Orgánico Procesal Penal......