Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de extensión del régimen de presentaciones al cual se encuentra sujeto el acusado Enrique Antonio Guzmán, interpuesta por su Defensora Pública Penal; Abogada Herminia Alemán, y así se decide. Todo de conformidad a lo consagrado en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Cúmplase con lo ordenado.