Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Función de Juicio Nº 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: De conformidad con el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, se asume el control jurisdiccional y se constituye éste Tribunal en forma Unipersonal, en el asunto seguido en contra la acusada YSBELIA MARIA ROJAS SANTOYO, titular de la cedula de identidad Nº 8.232.885, por la presunta comisión del delito de CONCERTACIÓN ILEGAL DE CONTRATISTA CON FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 70 último aparte de la Ley Contra la Corrupción, en detrimento del Estado Venezolano, cometido en perjuicio del EL ESTADO VENEZOLANO; ordenándose la celebración del juicio oral y público para el día 29-03-2.011, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. Líbrense las correspondientes boletas de notificación y citación, instándose a la.....