En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la solicitud del DR. ALFREDO COLON MARCANO, en su condición de Defensor Publico del acusado JESUS ALBERTO JIMENEZ; en razón de que la misma fue provista mediante auto fundado de fecha 25 de Marzo de 2010. Notifíquese.