Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N. 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA DE OFICIO la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD otorgada a los acusados ADAN MICHEL BLANCO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.743.085, natural de Cumaná Estado Sucre, nacido en fecha 14-11-1982, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de SULEIMA BLANCO (v) Y MICHEL BROWN (v), residenciado en la segunda calle de Puente Ayala, s/n de color roja, cerca del Internado Judicial, Barcelona, Estado Anzoátegui y DAGOBERTO RAFAEL RIVAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.220.968, natural de Cumaná Estado Sucre, de estado civil casado, de profesión u oficio cabillero, hijo se ANA ROSA RIVAS (v) y ALCIDES SALAMANCA (v), residenciado en la casa N° 20, Urba.....