Atendiendo las consideraciones anteriormente esbozadas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, RESUELVE: PRIMERO: NEGAR la solicitud de Ampliación del Lapso de Presentaciones, de cada quince (15) días a cada treinta (30) días, solicitado por la DRA. NELMAR CONTRERAS DE BATATIN, actuando en su condición de Defensora Pública Penal del acusado WILMER JESUS MEDINA VASQUEZ, en consecuencia se declara SIN LUGAR dicho pedimento, se mantiene con todos sus efectos, la decisión dictada por este Tribunal en fecha 19/09/2006. SEGUNDO: SE INSTA al acusado WILMER JESUS MEDINA VASQUEZ, a dar cumplimiento a la medida cautelar en los términos que le fuera impuesta el 19/09/2006, apercibiéndole que de persistir dicha situación, este Despacho hará uso de la facultad jurisdiccional contenida en el ar.....