En razón de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: La INTERRUPCION del debate oral y público iniciado en fecha 17 de Octubre de 2011, suspendido en fecha 31/10/2011, y en oportunidades sucesivas para el dia 30/11/2011, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16, 335 y 337 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se fija como nueva fecha para la realización del JUICIO ORAL Y PUBLICO el día MIERCOLES 11 DE ENERO DE 2012 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, ordenándose la citación de las partes y organos de prueba. Notifíquese a las partes. Líbrese boletas y oficios respectivos. Cúmplase.