Es por lo que Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera esta instancia de Juicio N. 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, que es procedente la solicitud de Aseguramiento Preventivo, realizada por el Ministerio Publico. En tal sentido, se declara CON LUGAR dicho pedimento y se acuerda el comiso del vehículo Marca Chevrolet, Modelo C-30 Tipo Camión, Color Verde, Placa 63G-JAE, Año 1993, serial de carrocería C-3003CV200654, de conformidad con lo establecido en los artículos 62, 63 y 66 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; instándose al Ministerio Público, a que entregue dicho bien, mediante inventario a la Oficina Nacional Antidrogas, para su custodia; a lo fines de su aseguramiento, por ser el ente previsto para tal fin, por cuanto ese Órgano tiene el servicio de la administración de bienes asegurados e incautados provenientes.....