Por las razones de hecho y derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en función de Juicio actuando como Tribunal Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CULPABLE al acusado ISAAC IGNACIO VAN PRAG, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 2.932.281, natural de Upata, Estado Bolívar, de 64 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Arquitecto, domiciliado en Residencias Villa Sol Suites, Torre A, Piso Nº 02, Apartamento Nº 307, Avenida Américo Vespucio, Urbanización El Morro, Lecherías, Estado Anzoátegui, VICTOR ALEZONES, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 3.666.706, natural de la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos, de 54 años de edad, de estado civil, casado, de profesión u oficio Ingeniero Químico, residenciado en el Edificio La Laguna, Piso 03, Apart.....