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Decisiones del dia 22/05/2012

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : BP01-P-2011-002047 N° Sentencia : Fecha: 22/05/2012
Procedimiento:
Auto
Partes:
DR. JOSE DANIEL CONTRERAS, EN SU CONDICIÓN DE DEFENSOR DE CONFIANZA DEL ACUSADO YEFREN ANTONIO HERNANDEZ BLANCO
Resumen:
En consecuencia este Tribunal de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXIMIR al Acusado YEFREN ANTONIO HERNANDEZ BLANCO, plenamente identificados en autos, de las obligaciones de presentar Caución Personal por Caución Juratoria contenida en el Artículo 259 del Código Orgánico Procesal Penal; por cuanto se ha evidenciado que éste se encuentra imposibilitado de prestar la Caución Personal acordada, y en su lugar el acusado se comprometerán conforme a las obligaciones contenidas en el articulo 260 del Código Orgánico Procesal Penal así como al cumplimiento de las condiciones impuestas en decisión de fecha 24/04/2012, referidas a los numerales 3, 4 y 9 del articulo 256 ejusdem. Y así se decide. Se declara con lugar la solicitud de la defensa del acusado. Notifíquese. Cúmplase.
Juez/Ponente:
Ydanie Almeida
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio
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N° Expediente : BP01-P-2008-004228 N° Sentencia : Fecha: 22/05/2012
Procedimiento:
Auto
Partes:
ACUSADO LEONARDO BELMONTE
Resumen:
En consecuencia este Tribunal de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXIMIR al Acusado LEONARDO BELMONTE , titular de la Cédula de Identidad Nº 22.572.399, plenamente identificado en autos, de las obligaciones de presentar Caución Personal por Caución Juratoria contenida en el Artículo 259 del Código Orgánico Procesal Penal; por cuanto se ha evidenciado que éste se encuentra imposibilitado de prestar la Caución Personal acordada, y en su lugar el acusado se comprometerá conforme a las obligaciones contenidas en el articulo 260 del Código Orgánico Procesal Penal así como al cumplimiento de las condiciones impuestas en decisión de fecha 03/11/2011, referidas a los numerales 3, 4 y 6 del articulo 256 ejusdem. Y así se decide. Se declara con lugar la solicitud de la defensa pública del acusado. Impóngase al acusado de la presente decisión. Cú.....
Juez/Ponente:
Ydanie Almeida
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio
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