Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia por mandato expreso de Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de Ampliación del Régimen de Presentaciones formulado por la DRA. LISBETH FIGUERA CUMANA actuando en su condición de Defensor de Confianza del acusado JESUS MIGUEL CARVAJAL y en consecuencia de conformidad con el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, se mantiene la Medida en los términos decretados en fecha 02/10/2007. SEGUNDO: Se acuerda expedir las copias certificadas en los términos solicitados por la Defensa y oficiar a los Cuerpos Policiales informando el cese de la orden de captura decretada en fecha 31/05/2007. Notifíquese a la solicitante. Cúmplase.-