Por todos los razonamientos antes esgrimidos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 1, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, solicitado por las Representantes de la Fiscalía Decimaséptima del Ministerio Público del Estado Anzoátegui; a favor del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA anteriormente identificado, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS MENOS GRAVES, tipificado en el artículo 422 del Código Penal vigente para el momento de suscitarse los hechos que nos ocupan, cometido en perjuicio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por EXTINCIÓN de la ACCIÓN PENAL POR HABER OPERADO LA PRESCRIPCIÓN DE LA MISMA y en consecuencia se ordena la cesación de la condición de imputado del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA y se pone término al presente proceso. Todo de conformidad con lo previsto .....