este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: No Ha Lugar a la reposición de la causa solicitada por los Abogados en ejercicio JOSÉ INOCENCIO BALLESTEROS Y YULEIMA MONTALBAN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.516.255 y 10.863.977, e inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nos. 88.599 y 100.768 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano MIGUEL ANGEL RIVAS CABRERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº. 5.981.026, mediante escrito de fecha 22 de mayo de 2.007, en la acción que por Simulación hubiere incoado el ciudadano RAMON ANTONIO CABEZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº.11.634.071, asistido po.....