éste Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la Solicitud de Título Supletorio, presentada por la ciudadana ALEIDA MARGARITA BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.007.073 y de este domicilio, y así se decide.