este Tribunal HOMOLOGA el CONVENIMIENTO, celebrado entre el Abogado LUIS SANTANA POCATERRA, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.195, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Intimada, y los co-apoderados judiciales de la parte Intimante abogados en ejercicio ISMAEL ESCARAY BARROSO y NELSON AÑEZ BOZO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 14.229 y 4.947, respectivamente, en fecha 13 de Junio del 2.007, por ante el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, según consta en acta que corre inserta a los folios 28 y 29, del cuaderno de medidas, en la misma forma, términos y condiciones por ellos expresados en dicho Convenimiento; ordenándose proceder como en Sentencia Pasada, en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.