III
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción judicial del estado Anzoátegui administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada por la parte demandante en el Escrito Libelar, en la Demanda que por Partición de Herencia que tiene incoado el ciudadano HOGLA JOSÉ MALAVÉ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.270.908 y de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada MARINÁIS BARRIOS HURTADO, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 228.685, en contra de los ciudadanos MERVI MATA MALAVÉ, JOSÉ LUISITO MATA MALAVÉ y JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ MALAVÉ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. 13.164.723, 15.155.356 y 8.243.146, respectivamente, y domiciliados .....