este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada por el ciudadano ARNALDO EMILIO ARREAZA, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.903.207 y de este domicilio, asistido por el abogado JOSE ANGEL FARIÑAS venezolano, mayor de edad y de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 126.614.- Así se decide.
En consecuencia, se acuerda la Rectificación de la Partida de Nacimiento Nº 22 de los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante la Prefectura del Municipio Bergantín, Distrito Bolívar del Estado Anzoátegui, correspondiente al 22 de febrero del año 1.954, y en tal sentido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 774 del Código de Procedimient.....