Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, presentada por el ciudadano RICHARD YOVANNY AGUILERA CONDE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.544.763 y de este domicilio, asistido por el Abogado en Ejercicio HECTOR PEREZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 47.404. En consecuencia, se ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento Nº 79, de los Libros de Registro Civil de Nacimiento (Duplicado), llevados por ante el Registro Principal del estado Anzoátegui, correspondiente al año 1.983 en donde dice "RICARD YOVANNY", quien es hijo legitimo de la representante y de su có.....