Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que las pretensiones del peticionante, contentivas de Daños Materiales y Daños Morales y el Cobro de los Honorarios Profesionales; cuyas pretensiones y procedimientos son incompatibles, es por lo que a tenor de lo establecido en el artículo 78 ejusdem, se declara INADMISIBLE la demanda de Daños Materiales y Daños Morales, incoada por los ciudadanos Francia del Valle Velásquez de García, Yaneth del Valle García Velásquez, Yasmeyda del Carmen García Velásquez, Yasmín de Lourdes García Velásquez, Pablo Alfredo García Velásquez, Eli Emilio García Velásquez, Antonio Jesús García Velásquez, Julio César García Velásquez y José Alberto García Velásquez, contra los ciudadanos Félix Damian Gómez Hernández y Félix Raúl Gómez Hernández, y así.....