Se declara INADMISIBLE, la presente demanda que incoara el ciudadano Abogado VENTURA RAMON VIAMONTE CEDEÑO, mayor de edad y titular de cedula de identidad Nº V-3.441.015, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 36.414, contra las ciudadanas ANGELA VERZELLINO ROBERTAZZI DE MICALE y LIRIS MISAY PACHECO, plenamente identificadas en los autos.- ASI DE DECIDE.-