Por los anteriores razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA interpusiera la ciudadana ANA MAILY ARTIAGA contra la ciudadana ISBELIA JOSEFINA SOTILLO TOVAR, ambas partes suficientemente identificadas, y así se decide.